miércoles, 5 de septiembre de 2012

POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA 2009




La Ciencia, la Tecnología y la Innovación (CTeI) han sido identificadas por la sociedad colombiana como fuente de desarrollo y crecimiento económico. Utilizar esta vía de desarrollo requiere de una política de Estado con estrategias que incrementen la capacidad del país para generar y usar conocimiento científico y tecnológico. 
Para alcanzar ese objetivo el Estado colombiano ha diseñado seis estrategias. 

La primera consiste en fomentar la innovación en el aparato productivo colombiano a través de un portafolio o conjunto integral de instrumentos que tenga los recursos y la capacidad operativa para dar el apoyo necesario y suficiente a empresarios e innovadores. El reto en esta estrategia es optimizar el funcionamiento de los instrumentos existentes, acompañado del desarrollo de nuevos instrumentos como consultorías tecnológicas, adaptación de tecnología internacional, compras públicas para promover innovación y unidades de investigación aplicada, entre otros.
El desarrollo del conjunto integral de instrumentos requiere de una segunda estrategia orientada a fortalecer la institucionalidad del SNCTeI, que tiene como punto de partida la aprobación de la ley 1286 de 2009 en la que se constituye el Fondo Francisco José de Caldas para la financiación de ACTI y se convierte a Colciencias en Departamento Administrativo.
Entre las acciones que componen esta estrategia se encuentra la definición de un marco de inversión de mediano plazo en CTeI que junto con la planeación de largo plazo en CTeI permitan que Colombia aumente significativamente su inversión en ACTI. Asimismo, se resaltan dentro de esta estrategia el fortalecimiento de los programas nacionales del SNCTeI y la estructuración y puesta en marcha de sistemas de información en CTeI.
Esta política requiere de un recurso humano capaz de generar y usar el conocimiento para la generación de riqueza. Es por ello que la tercera estrategia consiste en fortalecer el recurso humano para la investigación y la innovación. En esta estrategia se destaca la ruptura de los bajos niveles de formación avanzada en el país a través del proyecto de inversión “Capacitación de Recursos Humanos para la Investigación” propuesto por Colciencias, que permitirá aumentar el número de doctores del país. Esto se acompañará con un conjunto de acciones orientadas a utilizar el sistema educativo para el desarrollo de competencias científicas, tecnológicas y de innovación.
El conocimiento no solo tiene la capacidad de resolver problemas de carácter científico o empresarial; este tiene un alcance mayor en la medida que ofrece soluciones a la sociedad en general. Con el fin de hacerla partícipe en el desarrollo científico y tecnológico del país, la cuarta estrategia de política consiste en promover la apropiación social del conocimiento, a través de su difusión en medios de comunicación y formación de mediadores de CTeI, así como el apoyo a entidades que cumplen con esta labor.
La quinta estrategia es focalizar la acción del Estado en el desarrollo de sectores estratégicos en el largo plazo, que se caractericen por la producción de bienes y servicios de alto contenido científico y tecnológico, y por ende, de alto valor agregado. Esta focalización es necesaria para alcanzar alto impacto y evitar dispersión de recursos y se materializará a través de priorizar en los instrumentos y programas las áreas estratégicas de energía y recursos naturales, biotecnología, salud, materiales y electrónica, tecnologías de información y comunicaciones, logística y diseño y construcción de ciudadanía e inclusión social.
Por otro lado, la transformación del país en materia de CTeI será el resultado de un trabajo conjunto de las regiones que lo componen, y que en muchos casos carecen de las capacidades para insertarse en la estrategia de desarrollo nacional. Es por esto que la sexta estrategia consiste en desarrollar y fortalecer las capacidades en CTeI a través del diseño y ejecución de planes de cooperación para la investigación, el fortalecimiento de los sistemas regionales de CTeI, la adquisición de equipos robustos y el desarrollo mutuo de capacidades institucionales y humanas con los países de la región, entre otras acciones.

La ejecución de estas estrategias marcará un cambio en el proceso de desarrollo económico y social del país, que se reflejará inicialmente en alcanzar una acción articulada de las entidades públicas en ejecución de política y de recursos. Con base en la acción coordinada de los agentes del SNCTeI, será posible aumentar la inversión del país en ACTI, que llegará a representar el 2% del PIB en el año 2019. El aumento gradual de la inversión permitirá que Colombia en el año 2012 esté graduando cada año con apoyo del Estado a por lo menos 500 doctores en áreas estratégicas del conocimiento. 

LEY 1286 DE 2009



CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se modifica la Ley 29 de 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones.


DISPOSICIONES GENERALES.

OBJETIVO GENERAL.
El objetivo general de la presente ley es fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y a Colciencias para lograr un modelo productivo sustentado en la ciencia, la tecnología y la innovación, para darle valor agregado a los productos y servicios de nuestra economía y propiciar el desarrollo productivo y una nueva industria nacional.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Por medio de la presente Ley se desarrollan los derechos de los ciudadanos y los deberes del Estado en materia del desarrollo del conocimiento científico, del desarrollo tecnológico y de la innovación, se consolidan los avances hechos por la Ley 29 de 1990, mediante los siguientes objetivos específicos:
1. Fortalecer una cultura basada en la generación, la apropiación y la divulgación del conocimiento y la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la innovación y el aprendizaje permanentes.
2. Definir las bases para la formulación de un Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
3. Incorporar la ciencia, la tecnología y la innovación, como ejes transversales de la política económica y social del país.
4. Transformar el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas” -Colciencias-, actualmente establecimiento público del orden nacional, en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación que se denominará Colciencias.
5. Transformar el Sistema Nacional de Ciencia Tecnología en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI-.
6. Fortalecer la incidencia del SNCTI en el entorno social y económico, regional e internacional, para desarrollar los sectores productivo, económico, social y ambiental de Colombia, a través de la formación de ciudadanos integrales, creativos, críticos, proactivos e innovadores, capaces de tomar decisiones trascendentales que promuevan el emprendimiento y la creación de empresas y que influyan constructivamente en el desarrollo económico, cultural y social.
7. Definir las instancias e instrumentos administrativos y financieros por medio de los cuales se promueve la destinación de recursos públicos y privados al fomento de la Ciencia, Tecnología e Innovación.
8. Articular y optimizar las instancias de liderazgo, coordinación y ejecución del Gobierno y la participación de los diferentes actores de la política de Ciencia, Tecnología e Innovación.
9. Fortalecer el desarrollo regional a través de políticas integrales de descentralización e internacionalización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación, de acuerdo con las dinámicas internacionales.
10. Orientar el fomento de actividades científicas, tecnológicas y de innovación hacia el mejoramiento de la competitividad en el marco del Sistema Nacional de Competividad.
11. Establecer disposiciones generales que conlleven al fortalecimiento del conocimiento científico y el desarrollo de la innovación para el efectivo cumplimiento de la presente ley.

PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE LA ACTIVIDAD DE FOMENTO Y ESTÍMULO.
Los principios y criterios que regirán el fomento, desarrollo y fortalecimiento de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como las actividades de investigación que realicen los organismos y entidades de la administración pública, serán los siguientes:
1. Evaluación. Los resultados de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico que sean objeto de fomento, apoyo o estímulo, en términos de esta Ley, serán evaluados y se tomarán en cuenta para el otorgamiento de apoyos posteriores.
2. Participación en la toma de decisiones. Las comunidades científicas y los sectores sociales y productivos participarán en la formulación y en la determinación de las políticas generales en materia de ciencia, tecnología e innovación, en los temas que determine el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -Colciencias-.
3. Descentralización. Los instrumentos de apoyo a la ciencia, la tecnología y la innovación deben ser promotores de la descentralización territorial e institucional, procurando el desarrollo armónico de la potencialidad científica y tecnológica del país, buscando así mismo, el crecimiento y la consolidación de las comunidades científicas en los departamentos y municipios.
4. Revisión y actualización. Las políticas y estrategias de apoyo al desarrollo científico, tecnológico y de innovación, deben ser periódicamente revisadas y actualizadas, de manera que impacten el aparato productivo nacional.
5. Transparencia. Las instituciones, programas, proyectos y personas objeto de apoyo, se podrán seleccionar mediante convocatorias públicas, basadas en criterios de mérito y calidad.
6. Continuidad, oportunidad y suficiencia. El apoyo a las actividades científicas, tecnológicas e innovadoras debe ser continuo, oportuno y suficiente para garantizar su crecimiento y sostenibilidad.
7. Divulgación. Las instituciones pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI- que reciban apoyo del Gobierno Nacional, deben dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5o de la Ley 29 de 1990 y divulgar los resultados de sus investigaciones y desarrollos tecnológicos y de innovación, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual correspondientes, y de la información que, por razón de su naturaleza, tenga carácter de reserva.
8. Protección. El Estado promoverá el desarrollo de políticas e instrumentos para administrar, evaluar, proteger y reconocer la propiedad intelectual de los desarrollos en ciencia, tecnología e innovación.

FUNCIONES.
El Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -Colciencias-, tendrá a su cargo, además de las funciones generales que prevé la Ley 489 de 1998, las siguientes:
1. Formular e impulsar las políticas de corto, mediano y largo plazo del Estado en ciencia, tecnología e innovación, para la formación de capacidades humanas y de infraestructura, la inserción y cooperación internacional y la apropiación social de la ciencia, la tecnología y la innovación para consolidar una sociedad basada en el conocimiento, la innovación y la competitividad.
2. Adoptar, de acuerdo con la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, políticas nacionales para el desarrollo científico y tecnológico y para la innovación que se conviertan en ejes fundamentales del desarrollo nacional.
3. Diseñar y presentar ante las instancias del Gobierno Nacional los planes y programas del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - Colciencias- y el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
4. Generar estrategias de apropiación social de la ciencia, la tecnología y la innovación para la consolidación de la nueva sociedad y economía basadas en el conocimiento.
5. Promover el desarrollo científico, tecnológico y la innovación en el país, de acuerdo con los planes de desarrollo y las orientaciones trazadas por el Gobierno Nacional.
6. Propiciar las condiciones necesarias para que los desarrollos científicos, tecnológicos e innovadores, se relacionen con los sectores social y productivo, y favorezcan la productividad, la competitividad, el emprendimiento, el empleo y el mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos.
7. Velar por la consolidación, fortalecimiento y articulación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI- con las entidades y actores del sistema, en estrecha coordinación con el Sistema Nacional de Competividad.
8. Promover la formación del recurso humano para desarrollar las labores de ciencia, tecnología e innovación, en especial en maestrías y doctorados, en aquellos sectores estratégicos para la transformación y el desarrollo social, medio ambiental y económico del país, en cumplimiento del ordenamiento constitucional vigente.
9. Fomentar la creación y el fortalecimiento de instancias e instrumentos financieros y administrativos de gestión para la Ciencia, Tecnología e Innovación.
10. Diseñar e implementar estrategias y herramientas para el seguimiento, evaluación y retroalimentación sobre el impacto social y económico del Plan Nacional de Desarrollo.
11. Promover la inversión a corto, mediano y largo plazo, para la investigación, el desarrollo científico, tecnológico y la innovación.
12. Promover, articular y proyectar los esquemas organizacionales del conocimiento, regionales, departamentales y municipales de ciencia, tecnología e innovación, para potenciar su propio desarrollo y armonizar la generación de políticas.
13. Promover, articular e incorporar la cooperación interinstitucional, interregional e internacional con los actores, políticas, planes, programas, proyectos y actividades estratégicos para la consecución de los objetivos del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
14. Coordinar la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación con las políticas nacionales, regionales y sectoriales del Estado, en financiamiento, educación, cultura, desarrollo económico, competividad, emprendimiento, medio ambiente, seguridad social, salud, agricultura, minas y energía, infraestructura, defensa nacional, ordenamiento territorial, información, comunicaciones, política exterior y cooperación internacional y las demás que sean pertinentes.
15. Definir y orientar líneas temáticas prioritarias y operativas del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI-, para lo cual podrá modificar, suprimir o fusionar los Programas Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación; crear nuevas estructuras sobre las diferentes áreas del conocimiento; definir su nombre, composición y funciones; dictar las reglas para su organización y diseñar las pautas para su incorporación en los planes de las entidades vinculadas con su ejecución.
16. Definir prioridades y criterios para la asignación del gasto público en ciencia, tecnología e innovación, los cuales incluirán áreas estratégicas y programas específicos y prioritarios a los que se les deberá otorgar especial atención y apoyo presupuestal.
17. Diseñar, articular y estimular políticas e instrumentos para la inversión privada, doméstica o internacional, en ciencia, tecnología e innovación.
18. Concertar, con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación, DNP, en coordinación con las demás entidades nacionales que ejecutan política de ciencia, tecnología e innovación; los recursos y la destinación de los mismos en el trámite de programación presupuestal tomando como base el Plan Nacional de Desarrollo y la política de ciencia, tecnología e innovación adoptada por el CONPES.
19. Otorgar y apoyar los estímulos a instituciones y personas por sus aportes a la ciencia, la tecnología y la innovación, a través de distinciones y reconocimientos.
20. Proponer la creación de estímulos e incentivos sociales y económicos para aumentar en forma significativa la inversión en ciencia, tecnología e innovación.
21. Articular y aprovechar las políticas y programas nacionales de ciencia, tecnología e innovación, con aquellas que existen a nivel internacional.
22. Crear las condiciones para desarrollar y aprovechar el talento nacional, en el país y en el exterior en el campo de ciencia, tecnología e innovación.

ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN -COLCIENCIAS-.
La estructura del Departamento Administrativo de Ciencia Tecnología e Innovación -Colciencias- será la siguiente:
1. Dirección General
1.1 Oficina Asesora de Planeación.
1.2 Oficina de Control Interno
1.3 Oficina de Sistemas de Información
2. Subdirección General
2.1 Dirección de Fomento a la Investigación.
2.2 Dirección de Redes del Conocimiento.
2.3 Dirección de Desarrollo Tecnológico e Innovación.
2.4 Dirección de Gestión de Recursos y Logística.
3. Secretaría General
4. Órganos de Asesoría y Coordinación.
4.1 Comité de Coordinación del sistema de Control Interno.
4.2 Comisión de Personal.

miércoles, 22 de agosto de 2012

CLASIFICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA DE ACUERDO AL GRADO DE INCORPORACIÓN

HARDWARE
Es la Tecnología incorporada en máquinas. Corresponde a todas las partes físicos y tangibles de un sistema informático; sus componentes son: eléctricos, electrónicos, electromecánicos y mecánicos. 




SOFTWARE

Es la Tecnología no incorporada y se presenta a través de revistas, libros, manuales, videos y programas de computador. Software es todo el conjunto intangible de datos y programas de la computadora. Es el soporte lógico e inmaterial que permite que la computadora pueda desempeñar tareas inteligentes, dirigiendo a los componentes físicos o hardware con instrucciones y datos a través de diferentes tipos de programas.




ORGWARE

Estructura organizativa de un sistema tecnológico, que permite asegurar el funcionamiento del hardware y el software del mismo, como la interacción con humanos y otros elementos y sistemas externos. 




HUMANWARE

Son los usuarios de las computadoras. Podría definirse como "El factor humano que interviene en un sistema de Computo". Se refiere generalmente a las personas involucradas que participen en un proceso – operación – implementación




jueves, 16 de agosto de 2012

Biografía de Richard Stallman


Biografía de Richard Stallman





Esta idea surgió hace mucho, cuando Stallman era estudiante de Harvard y trabajaba en el Laboratorio de Inteligencia Artificial del Massachusetts Institute of Technology (MIT). Una compañía había donado a la división una impresora. Pero cada vez que el papel se trababa hacía falta ir hasta la máquina y se perdía mucho tiempo; la impresora no era capaz de enviar una señal a las estaciones de trabajo avisando sobre el problema. Stallman buscó entonces los controladores de software para añadir a mano esta función, pero descubrió que estaban en código binario; era imposible editarlos o modificarlos. Cuando pidió el código fuente, se lo negaron.
Ese día nació la idea del Proyecto GNU, que fundó en 1984 y que se proponía crear un sistema informático completo con código fuente libre. Siguiendo el modelo del Unix, Stallman y otros programadores comenzaron a sumar módulo tras módulo al GNU. Incluso empezaron a escribir un núcleo (o kernel), el fragmento de código que da vida a una computadora, llamado Hurd.
En 1985 se estableció la Fundación del Software Libre (o FSF, Free Software Foundation, en inglés), una organización que apoyaría la producción de código para GNU y manejaría la distribución del programa más conocido de Stallman, el Emacs, un poderoso editor de texto extensible por medio del lenguaje Lisp que estaba disponible gratuitamente en servidores FTP, pero que además se vendía por correo a 150 dólares el ejemplar. Stallman insiste con que la palabra free no significa gratis, sino libre; y que a su juicio es perfectamente lícito ganar dinero distribuyendo programas, con la condición de que el código fuente esté disponible públicamente. Para darle soporte legal a toda la operación, Stallman escribió lo que se conoce como la Licencia Pública General (o GPL, por General Public License).
Una licencia de software es básicamente la autorización que le da el autor al usuario para emplear una copia del programa; todos los programas vienen con una licencia, usualmente conocida como CLUF (Contrato de Licencia para el Usuario Final). Pero la GPL y la CLUF son como el día y la noche. La GPL autoriza no sólo a distribuir libremente copias de los programas (incluso cobrando dinero por eso), sino que además obliga a incluir el código fuente y fomenta los cambios en este código con el fin de mejorar el software. Por otro lado, sin embargo, preserva el copyright sobre el software, con lo que se evita que un individuo o una compañía se apropien del programa y lo conviertan en lo que se conoce como software propietario. Esto es sin código fuente y con fuertes restricciones en cuanto a la distribución de copias.
En 1991, Linus Torvalds lanzó, bajo el paraguas de la GPL, la primera versión del Linux, su núcleo de Unix para plataformas Intel x86 (la PC estándar, en otras palabras), y en poco menos de un año se había establecido como el núcleo ideal para el Proyecto GNU, desplazando, al menos por el momento, al Hurd.
De pronto, el círculo se había cerrado y existía un sistema informático libre, gratuito y de código fuente abierto. Gigantes como Compaq e IBM lo han adoptado hoy, además de unos 20 millones de usuarios.

Stallman es el padre de esa pujante comunidad, y es también un programador muy premiado. Recibió en 1991 el Grace Hopper, de la Association for Computing Machinery -la agrupación de informática más importante de los EstadosUnidos-, por el desarrollo del Emacs. En 1990 le habían otorgado la beca de la MacArthur Foundation y, en 1996, el doctorado honorario del Instituto Real de Tecnología de Suecia. Dos años después recibió -junto con Linus Torvalds- el premio Pioneer (pionero), de la Electronic Frontier Foundation. En 1999 se le otorgó el premio Yuri Rubinski.
Gracias a su estilo de vida frugal, pudo ahorrar e invertir gran parte del dinero que provino de estos premios y hoy, dice, "puedo vivir toda mi vida de las ganancias que las inversiones que hice con ese dinero me reportan, ofreciendo servicios a la comunidad". Pero no es un hombre satisfecho.

Su cruzada apunta a desterrar el software propietario; en eso, y en otras muchas cosas, no tiene pelos en la lengua. Para él, las personas tienen el derecho inalienable de ver y modificar los programas que usan en sus computadoras. Que un programa se cobre o no es lo de menos. De hecho, la compañía Ada Core Technologies vende un entorno de desarrollo para proyectos complejos que cuesta 12.000 dólares, pero el código fuente es libre; parte del éxito de Ada, aseguran sus ejecutivos, proviene precisamente de este rasgo diferencial. El porqué es simple: un gerente de sistemas puede en menos tiempo y a un costo más bajo modificar un programa para ajustarlo a las necesidades de la empresa para la cual trabaja. En una conferencia reciente, Stallman dijo que el software libre puede ser beneficioso para los negocios además "porque si el código fuente está disponible públicamente, los autores no pueden colocar funciones que el usuario no quiere, y además es una salvaguardia contra los errores que conducen a fallas de seguridad".
Stallman empieza por casa: él sólo utiliza software libre, y ninguna otra cosa. Pero su coherencia es casi excepcional; hasta las distribuciones del sistema GNU/Linux que se venden hoy en los comercios contienen software propietario. De hecho, muchos programas vitales para el funcionamiento de la civilización tal como la conocemos (desde los CAD/ CAM hasta los que hacen funcionar las torres de control de los aeropuertos) no tienen una versión libre.